Postgrado Penal y Criminología
Abog. Lucelia M. Soto A.
C.I. V-16.406.885
Sección “B”
Respuesta Nº 1
El órgano
director de la investigación de un sujeto en relación con un hecho punible ya
lo caracteriza como imputado y este debe estar respaldado por las garantías y
derechos tanto de orden constitucional como legal. En el Artículo 125 del COPP
se ubican los derechos del imputado y
establece que este tiene derecho a ser
asistido por un defensor desde los actos iniciales de la investigación; así
también tiene derecho a conocer de todas las actuaciones investigativas
realizadas por el Ministerio Publico.
Artículo 25.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Todo acto dictado en
ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por
esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias
públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y
administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes
superiores.
Artículo 49.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; El debido proceso se
aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia:
La defensa y la
asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la
investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los
cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer
del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las
pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada
culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas
en esta Constitución y la ley.
Respuesta Nº 2
El art. 197 y
art. 199 COPP
Los elementos de convicción solo tendrán valor
si han sido obtenidos por medios lícitos, Para que las pruebas puedan ser
apreciadas por el tribunal, su práctica debe efectuarse con estricta
observancia de las disposiciones establecidas en la norma adjetiva penal. Por
lo tanto a mi apreciación no puede ser admitida.
Respuesta Nº3
Todo acto que
menoscabe la constitución será nulo, el juez debe observar todos estos
aspectos. (Art. 25 C.R.B.V) por lo tanto y teniendo en cuenta el art. 197 COPP,
la prueba no es válida ni legal.
Respuesta Nº 4
Por admisión de
hechos, en los casos por procedimiento especial, así como esta establecido en
nuestro COPP art. 376
Respuesta Nº 5
El artículo 49
constitucional consagra en su numeral 2 que Toda persona se presume inocente
mientras no se pruebe lo contrario. Por lo La presunción de inocencia tiene como objeto
prevenir el adelantamiento de una sentencia condenatoria que lleva finalmente a
restricción de algunos derechos.
Respuesta Nº 6
Los elementos de
convicción no poseen valor probatorio si han sido obtenidos por medios
ilícitos, y no puede ser apreciada por el tribunal, así que adquieren nulidad
absoluta al tener mayor valor la garantía constitucional (art. 49 Nº 1 Y 2,
art. 191,197, 199 COPP)
Respuesta Nº 7
Según nuestra
carta magna en su art 49, nos establece el debido proceso; pues se estaría
vulnerando en este caso ese derecho.
Respuesta Nº 8
El imputado
pueden admitir los hechos de la
acusación y ningunos otros, el Juez no puede forzar al imputado a que admita
hechos no incluidos en la acusación, ni condicionarle de forma alguna las
rebajas que la ley establece.
Respuesta Nº 9
Una sentencia condenatoria puede ser pronunciada
por el Juez de control es en la admisión de los hechos; en la fase intermedia es
el único caso en el COPP y el Juez debe
notificar a las partes.
Respuesta Nº 10
La decisión de
admisión de los hechos de acuerdo al art. 376 del Copp. Es una sentencia firme
que puede admitir apelación de acuerdo al artículo 452 del Copp.
Respuesta Nº 11
De la sentencia
según el art. 175 COPP, con la lectura y
firma del acta quedan notificadas las partes y corren entonces el lapso de
apelación.
Respuesta Nº 12
No, existe un
procedimiento establecido en el art. 480 COPP
Respuesta Nº 13
No es mas que el
respeto de las normas para que toda pruebas puedan ser apreciadas por un
tribunal y cumpla con las disposiciones que están consagradas en nuestro COPP.
Respuesta Nº 14
Las decisiones
del tribunal serán emitidas mediante sentencias o auto fundado, bajo pena de
nulidad, según art. 173 COPP, y unos de los requisitos de la sentencia en
numeral 4 del art. 364 COPP, La exposición concisa de sus fundamentos de hecho
y de derecho. Al igual que también viola art. 22 COPP Y art. 26 y 49 C.R.B.V
Respuesta Nº 15
C.R.B.V.
articulo 25, 26,
27, 28, 46, 49, 257
COPP.
articulo 1, 3,
8, 9, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 22, 37, 103.
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